Firma electrónica en Panamá

La firma electrónica nace mediante la ley 51 del 22 de julio del 2008 para poder brindar la validez necesaria a los documentos electrónicos y certificación de firmas digitales.

Es regulada y administrada por la Dirección Nacional de Firma Electrónica, una división del Registro Público de Panamá. Además, este se encarga de la gestión de certificados electrónicos a nivel nacional.

Esta es simplemente un conjunto de sonidos, símbolos o datos vinculados a un documento electrónico (certificado electrónico calificado), que ha sido adoptado o utilizado por una persona con la intención precisa de identificarse y aceptar o adherirse al contenido de un documento electrónico.

Existen dos clases de la firma electrónica y ambas tienen grandes diferencias en su seguridad, principalmente:

Firma Electrónica Simple

Es la clase más común y que muchos utilizamos diariamente sin darnos cuenta.

Esta puede ser la clave o contraseña que utilizas para acceder a tus aplicaciones móviles o cuentas que tengas por internet.

Puede estar compuesto por números, letras, caracteres especiales, o una combinación de todas las mencionadas anteriormente.

Firma Electrónica Calificada

En cambio, una firma electrónica calificada es mucho más compleja que la primera mencionada. Está respaldada por un certificado electrónico calificado y se añade a un dispositivo criptográfico (Tarjeta inteligente o Token USB).

Cuenta con la misma validez que una firma que realices físicamente con tu bolígrafo.

Permite identificar al firmante y detectar cualquier cambio posterior de los datos firmados.

Está vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere.

Ha sido creada utilizando dispositivos seguros de creación de firmas electrónicas, los cuales mantiene el firmante bajo su control exclusivo

¿Quiénes deben utilizar la firma electrónica en Panamá?

La firma electrónica puede ser utilizada por cualquier persona natural (individuo o independiente) o por cualquier persona jurídica (a través de su representante legal) para poder firmar de manera más rápida e instantánea distintos contratos y documentos que así requieran sin la necesidad de imprimirlos.

 

Principales beneficios de la firma electrónica:

  • Brinda mayor seguridad e integridad de los documentos.
  • Garantiza la confidencialidad
  • Se reduce la utilización de papel.
  • Se evitan desplazamientos y traslados.
  • Disponibilidad inmediata

 

¿Como obtener la Firma Electrónica en Panamá?

Los solicitantes deberán acreditar su identidad ante la Dirección Nacional de Firma Electrónica, del Registro Público de Panamá a través del siguiente procedimiento:

  1. Fase de preinscripción

El Solicitante genera su solicitud de certificado electrónico a través de la aplicación de preinscripción en la página web www.firmaelectronica.gob.pa

  1. Fase de inscripción

El Solicitante se presenta al puesto de inscripción en la Dirección Nacional de Firma Electrónica para la validación de los datos.
Antes de realizar la validación de los datos el solicitante debe realizar el pago.

  1. Fase de emisión

En la Dirección Nacional de Firma Electrónica se validan los datos del Solicitante, se capturan los datos biométricos, se personaliza su tarjeta y se generan sus claves.

El Operador de Registro entrega al Solicitante el certificado electrónico, pin y el lector de tarjeta.

Validez de los documentos y contratos Firmados Electrónicamente

Es importante establecer que para que un contrato o un documento sea valido desde una perspectiva legal, el firmante de éste debe contar con la firma digital avalada por Dirección Nacional de Firma Electrónica, del Registro Público de Panamá, ya que a la fecha es el único organismo acreditador debidamente establecido y reconocido. Si nos referimos a un documento unilateral, su firmante debe estar registrado en la referida entidad y si es bilateral, ambas partes deben estar registrados.

La necesidad de contar con este registro previo que no es tan simple de obtener es uno de los principales escollos en la progresión de la aplicación universal de la firma digital.

Aunque existen varios mecanismos disponibles para validar firmas la realidad es que solo es válido el que proporciona Dirección Nacional de Firma Electrónica.